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El Cuaderno Digital Agrícola: Lo que Necesitas Saber Antes de 2026

oct, 2025 • Written by: Josep Sesé Fornés

 

Introducción: 

El sector agrícola español se enfrenta a un cambio normativo clave que entrará en vigor en 2026: la obligatoriedad de cumplimentar el Cuaderno Digital de Explotación (CUE).
Aunque muchos agricultores ya están acostumbrados a llevar su cuaderno de campo en papel, a partir de 2026 ese registro tendrá que hacerse en formato digital. Habrá que hacer uso de aplicaciones o plataformas online para apuntar los tratamientos fitosanitarios que se realicen en las explotaciones agrícolas. No es un cambio menor: para algunos supondrá un esfuerzo de adaptación, pero también puede convertirse en una ayuda para tener la explotación más organizada y evitar problemas en una
inspección.
En este primer artículo queremos aclarar las dudas básicas sobre el CUE: qué es exactamente, a quién afecta y qué plazos debemos tener en cuenta de cara a 2026.

 

Qué es el Cuaderno Digital de Explotación (CUE)?

El CUE es la versión digital del tradicional cuaderno en papel que todo agricultor debía llevar. En él se anotaban aspectos esenciales de la gestión de la explotación, como:

● Tratamientos fitosanitarios aplicados.

● Fertilización y abonado.

● Labores de cultivo.

● Datos de producción.

La diferencia es que ahora esos registros deberán introducirse en una plataforma digital. Esto permitirá que la administración disponga de la información de forma más directa y que los datos estén más organizados, aunque también implicará que agricultores y técnicos tengan que adaptarse a un sistema nuevo.
Conviene destacar que en esta primera fase el alcance será limitado: solo será obligatorio el registro digital de los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026. El uso del cuaderno digital en su totalidad seguirá siendo voluntario durante el periodo PAC actual (2023–2027).

 



Plazos de Obligatoriedad 

El calendario fijado marca el 1 de enero de 2026 como la fecha clave en la que el CUE pasa a ser obligatorio en toda España.

Fase inicial – 1 de enero de 2026: será obligatorio registrar de manera digital únicamente los tratamientos fitosanitarios. Es decir, cada aplicación de productos de protección vegetal deberá quedar reflejada en el cuaderno digital. Es importante conocer que esta normativa afectará a todos las explotaciones agrícolas independientemente de su extensión.

Obligatoriedad completa – 1 de enero de 2028: el uso del CUE en su totalidad pasará a ser obligatorio para explotaciones que superen ciertos niveles de extensión. 30 hectáreas de tierras de cultivo o permanentes, más de 5 hectáreas de regadío, o más de 0,1 hectáreas de superficie en invernadero. No obstante, las explotaciones que no lleguen a estos mínimos de extensión sólo estarán obligadas a anotar en el CUE los tratamientos fitosanitarios realizados.

De esta forma, la implantación será progresiva: primero se comienza con un único bloque de información (fitosanitarios) y, dos años más tarde, en 2028, las explotaciones de mayor tamaño deberán llevar el cuaderno digital completo.

 



¿Quiénes están Obligados a Cumplimentarlo?

La obligación de llevar el CUE recae sobre todos aquellos que gestionan una explotación agrícola en la que se realicen tratamientos fitosanitarios. En la práctica, esto incluye:

Agricultores individuales, independientemente de la dimensión de su explotación.
Cooperativas y SATs, que podrán centralizar la gestión del cuaderno para todos sus socios.
Técnicos asesores, que jugarán un papel fundamental ayudando a los agricultores a introducir los datos de manera correcta.

Queda por concretar cómo se aplicará la normativa en casos específicos, como pequeñas explotaciones de autoconsumo, huertos familiares o producciones muy reducidas. Lo previsible es que existan excepciones, pero los detalles se aclararán a medida que se publique la reglamentación definitiva.


 

¿Qué Cambia en la Práctica?

Para muchos agricultores, la principal novedad será que ya no bastará con llevar un cuaderno en papel. Toda la información referida a los tratamientos fitosanitarios deberá volcarse en formato digital, a través de aplicaciones o plataformas que habilite la administración o terceros autorizados. Los datos mínimos que habrá que introducir para cada tratamiento fitosanitario son:

● Fecha de aplicación.
● Parcela o cultivo tratado.
● Producto utilizado y dosis.
● Responsable de la aplicación
● Equipo aplicador
● Identificación del asesoramiento

Este nivel de detalle no es nuevo —ya se exigía en papel—, pero ahora se pretende que el proceso sea más ágil y permita evitar errores o pérdidas de información. Además, facilitará enormemente las inspecciones: la administración podrá comprobar en segundos lo que antes requería revisar páginas y páginas manuscritas. Para los técnicos asesores, el cambio supondrá más cercanía con el agricultor, ya que muchos necesitarán apoyo en la introducción de datos, en la elección de la herramienta digital adecuada o en la interpretación de los resultados.

 

Aclaración del Plazo Reglamentario de 30 días para el Registro Digital

Los tratamientos fitosanitarios deben estar registrados en formato digital dentro de los 30 días posteriores a su aplicación, pero por el momento no es obligatorio remitirlos automáticamente al SIEX.

Los agricultores pueden conservar los registros en su cuaderno digital privado (por ejemplo, en plataformas como GreendaAI) y solo deberán transmitirlos al SIEX en caso de inspección, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento.

Es importante destacar que para cumplir con la trazabilidad, el REA (Registro de Explotaciones Agrarias) debe descargarse y mantenerse actualizado. Si se realiza una inspección, los datos anteriores deberán estar disponibles en formato digital, evidenciando que fueron registrados dentro del plazo reglamentario.

En cambio, los cuadernos públicos oficiales registran automáticamente la fecha exacta de subida de datos, por lo que en esos casos no es posible añadir información retroactiva fuera del plazo de 30 días.


Retos y Oportunidades

La entrada en vigor del CUE plantea algunos retos importantes:

Adaptación digital: muchos agricultores todavía no están familiarizados con plataformas online o aplicaciones móviles.
Conectividad en el medio rural: en zonas con mala cobertura de internet, puede resultar complicado registrar los datos en tiempo real.
Necesidad de formación: tanto agricultores como técnicos deberán adquirir nuevas competencias digitales.

Pero junto a estos desafíos, también se abren grandes oportunidades:

Mejor control de tratamientos: el agricultor tendrá una visión más clara y organizada de lo que aplica en cada cultivo.
Mayor trazabilidad: facilitará cumplir con normativas de calidad, certificaciones y exportación.
Simplificación de inspecciones: los datos estarán disponibles de inmediato para la administración, reduciendo trámites y papeleo.
Acceso a ayudas y programas europeos: muchos fondos priorizan explotaciones que demuestren sostenibilidad y trazabilidad, y el CUE puede convertirse en una herramienta clave.

 


¿Qué Herramientas hay para Cumplimentar el CUE y Cómo se Accede a Ellas?

Muchos agricultores se preguntan qué aplicaciones concretas tendrán disponibles para registrar sus tratamientos fitosanitarios. La respuesta es sencilla: habrá dos grandes vías de acceso.

1. Aplicaciones públicas


● El Ministerio de Agricultura y las comunidades autónomas pondrán a disposición plataformas gratuitas conectadas con el SIEX (Sistema de Información de Explotaciones).

● Cada agricultor podrá acceder a través de certificados digitales o claves de identificación que ya se usan para otros trámites administrativos.

● Estas herramientas garantizan cumplir con la normativa básica, aunque su funcionalidad será más limitada.


2. Aplicaciones privadas


● Empresas agrotech ofrecen cuadernos digitales con funciones avanzadas (automatización de datos, alertas, informes, etc.).

● Se accede mediante un registro sencillo (usuario y contraseña) y normalmente pueden usarse desde el móvil, la tablet o el ordenador.

● Aunque no son obligatorias, facilitan mucho el trabajo diario y están preparadas para enviar los datos al SIEX igual que las plataformas públicas.

En resumen: cualquier agricultor podrá elegir entre una aplicación pública o una privada. La clave está en decidir qué nivel de apoyo necesita y qué herramienta le resulta más cómoda para llevar su explotación al día.


 

Conclusión:

El Cuaderno Digital de Explotación será obligatorio a partir de 2026 para registrar los tratamientos fitosanitarios. Aunque el cambio pueda generar dudas y cierta resistencia, también representa un paso hacia una agricultura más organizada y transparente. Conocer bien los plazos y a quién afecta la normativa es clave para que cada explotación pueda prepararse con tiempo y adaptarse de la mejor manera posible.

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Josep Sesé Fornés